División de la cosa común

Extinción del proindiviso y división de la cosa común

La extinció del proindiviso o división de la cosa común

Una vez finalizado el proceso de aceptación o adjudicación de la herencia, podemos encontrarnos con la imposibilidad de llegar a un acuerdo con los demás herederos para liquidar lo recibido en herencia: Generalmente un inmueble que ninguno de los herederos quiere o puede quedarse pagando a los demás herederos su parte. Tanto si tu deseo es adquirir el inmueble, como si prefieres que otro se quede con tu parte, podemos ayudarte a salir de esa situación de bloqueo. No es, ni de lejos, tan dificil de solicionar como la cultura popular nos hace creer.

Gracias a los procedimientos de partición de la herencia o de división de la cosa común, podrás olvidarte de pagar IBI, comunidad de propietarios y suministros respecto a propiedades heredadas que muchas veces se encuentran en otra punta de España y no nos interesan en absoluto, más allá de su venta.

Contáctanos y deja que te ayudemos en este proceso. Ante una situación de enfrentamiento con los demás coherederos, solo es necesario que tengas tanta involucración como tu consideres necesaria. El resto, la puedes dejar en nuestras manos.

Nuestro trabajo en un caso de división de la cosa común

El sr. Joan era copropietario de un inmueble situado en Málaga junto con sus dos hermanos, el sr. Lluis y el sr. Josep, tras haber heredado la propiedad de su padre por partes iguales. Al fallecer el sr. Joan, su esposa, la sra. Eulalia, aceptó la herencia y pasó a ser titular de la participación que correspondía a su marido, convirtiéndose así en copropietaria de la vivienda junto con sus cuñados.

Dado que la sra. Eulalia residía en Girona y no hacía ningún uso del inmueble, su participación en la propiedad únicamente le generaba obligaciones y gastos, sin obtener beneficio alguno. Por este motivo, trató de poner fin a la situación de copropiedad y solicitó a los demás copropietarios la división de la cosa común. Sin embargo, a Lluis y Josep ya les iba bien que alguien que no hacía uso les pagara un tercio de los impuestos, por lo que bloqueaban las soluciones. La falta de acuerdo entre las partes hizo necesario acudir a la vía judicial.

Gracias a nuestra intervención, obtuvimos una sentencia favorable que permitió extinguir la situación de copropiedad por un acuerdo de venta, y posibilitó que la sra. Eulalia recuperara el valor económico de su participación. Este caso constituye un ejemplo más de cómo una actuación jurídica eficaz puede desbloquear conflictos familiares y patrimoniales que, en muchas ocasiones, parecen no tener solución.

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